Al tiempo que se hundió la consulta popular, la reforma laboral del gobierno del presidente Gustavo Petro revivió en el Congreso de la República, luego de que se aprobara con 68 votos a favor un informe de apelación.
Esta reforma laboral fue la misma que se hundió en la Comisión Séptima del Senado el pasado 18 de marzo, porque una mayoría de congresistas aprobó la ponencia de archivo.
Por lo tanto, el Gobierno Nacional volvería a retomar su plan inicial para sacar adelante la reforma al mercado laboral colombiano antes de que termine la administración de Gustavo Petro.
Uno de los principales cambios que trae esta reforma laboral es adelantar la jornada nocturna de las 9:00 a las 7:00 de la noche, con lo cual trabajar después de esa hora tendría un recargo del 25 por ciento.
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Además, propone elevar el recargo del día de descanso obligatorio o fiesta del 75 al 100 por ciento. Su implementación sería gradual: a partir de julio de 2025 se incrementaría el recargo a 80 por ciento; en julio de 2026 sería del 90 por ciento; y en julio del 2027 se llegaría al 100 por ciento.
Esta reforma laboral también incluye artículos que indican que el contrato de aprendizaje es laboral y a término fijo. Igualmente, que el aprendiz recibirá de la empresa una remuneración del 60 por ciento de un salario mínimo mensual legal vigente en la etapa lectiva y de un mínimo en la práctica.
Adicional a ello, establece que las empresas obligadas a cumplir la cuota de aprendizaje tendrán que cancelar al Sena un valor mensual que corresponderá a 1,8 salarios mínimos por cada aprendiz que no contraten.
Igualmente, se establece que la licencia de paternidad en Colombia debe aumentar de manera progresiva hasta llegar a cuatro semanas en el 2026, así: en el 2025 subirá a tres semanas y en el 2026 llegará a cuatro semanas.
Se hunde la consulta popular y revive la reforma laboral en una enardecida sesión en el Congreso. Foto:Néstor Gómez. EL TIEMPO
Estos son algunos de los puntos que los empresarios ven con malos ojos debido a que se incrementarían los costos laborales, en especial, los de las empresas que trabajan en horario nocturno.
Respecto a las plataformas tipo Rappi, la reforma laboral indica que las relaciones podrán ser de carácter dependiente y subordinado o de carácter independiente y autónomo.
Cuando el trabajador digital en servicios de reparto tenga la calidad de dependiente y subordinado, la empresa deberá realizar los pagos correspondientes al sistema integral de seguridad social en las proporciones definidas en las normas vigentes. Podrán realizarse cotizaciones a tiempo parcial.
Entre tanto, si se trata de trabajadores independientes y autónomos, la empresa concurrirá en el pago de aportes a salud y pensión en 60 por ciento, frente a un 40 por ciento a cargo de la persona trabajadora.
Rappi. Foto:Cortesía Dattis.
Nuevas licencias para los trabajadores
Además, en esta reforma se incluyeron nuevas licencias para los trabajadores. Por ejemplo, el empleador tendría que conceder licencias remuneradas a las personas que necesiten asistir a las obligaciones escolares de sus hijos y atender asuntos judiciales o legales relacionados con violencias basadas en género de las que sean víctimas.
Las licencias remuneradas también aplicarían para acudir a citas médicas programadas o de urgencia. Este punto incluye los casos en los que la mujer trabajadora presente ciclos menstruales incapacitantes, dismenorreas o cuadros de tensión abdominal por la menstruación, asociados a endometriosis ya diagnosticada.
Adicional a ello, habría una licencia remunerada de tres días hábiles por casarse, mientras que los empleados que certifiquen el uso de bicicletas como medio de transporte para la llegada y salida de la empresa podrían acordar un día de descanso remunerado por cada seis meses de trabajo.