La multa por saltarse el semáforo en rojo: ¿Cuánto pagará si no hay tráfico?

hace 4 meses 26

Una práctica común de algunos conductores es pasarse el semáforo en rojo cuando no hay tráfico, como ocurre en altas horas de la noche o en horas de la madrugada. Sin embargo, esta conducta puede salir muy costosa.

Los conductores consideran que a esas horas no hay riesgo al pasarse el semáforo en rojo, pero la contravención puede quedar registrada por una cámara de fotomultas o un agente de tránsito que esté pasando por el lugar se puede dar cuenta.

El Código Nacional de Tránsito (Ley 769 de 2002) establece las sanciones para quienes se saltan la luz roja de los semáforos. La infracción por pasar un semáforo en rojo o amarillo está definida como D04: “No detenerse ante una luz roja o amarilla de semáforo, una señal de “PARE” o un semáforo intermitente en rojo”.

El valor de la infracción este año es de 30 salarios mínimos diarios legales vigentes (SMDLV), lo que equivale a $1.300.000.

Según el Código, las señales luminosas para ordenar la circulación son las siguientes: Roja: Indica el deber de detenerse, sin pisar o invadir la raya inicial de la zona de cruce de peatones. Si esta no se encuentra demarcada, se entenderá extendida a dos metros de distancia del semáforo. 

Una práctica, también muy común, es hacer el giro a la derecha cuando la luz está en rojo. Esta se permite, siempre y cuando se respete la prelación del peatón. La prohibición de este giro se indicará con señalización especial.

En ciertas situaciones -señala el Código- o en determinados horarios, las autoridades de tránsito, en su jurisdicción y mediante resolución motivada, podrán utilizar la intermitencia de la luz de los semáforos. Esta intermitencia se da en amarillo y en rojo. El amarillo se utilizará para las vías con prelación y el rojo para todas las que acceden a éstas. La señal intermitente roja se asimila a una señal de PARE.

¿Le puede inmovilizar el vehículo?

El Código Nacional de Tránsito, en el artículo 135, estipula que las autoridades de tránsito tienen la facultad de proceder a la inmovilización de vehículos en ciertos casos, lo que incluye no respetar la señal de un semáforo en rojo o amarillo.

Sin embargo, las normas vigentes establecen que en el caso de motocicletas se procederá a su inmovilización hasta tanto no se pague el valor de la multa o la autoridad competente decida sobre su imposición en los términos de los artículos 135 y 136 del Código Nacional de Tránsito. 

REDACCIÓN ÚLTIMAS NOTICIAS

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