Obtener la green card en Estados Unidos no se limita únicamente al matrimonio con un ciudadano o a una oferta de trabajo. Existen estrategias poco conocidas, amparadas por la ley migratoria, que pueden ofrecerle una vía más rápida, discreta o incluso más flexible para alcanzar la residencia permanente legal.
Estas rutas alternativas no solo son legales, sino que están diseñadas para situaciones específicas que podrían aplicarse a su caso y facilitar su proceso migratorio.
Una de las alternativas más desapercibidas es la green card como inmigrante especial, una categoría que ampara a empleados de organizaciones internacionales, trabajadores religiosos o ciertos juveniles extranjeros que fueron víctimas de abandono o abuso. Si usted pertenece a alguna de estas circunstancias particulares, esta vía podría ser ideal.
Otra opción es la green card a través del estatus de refugiado o asilado. Aunque es ampliamente conocida, pocos saben que incluso familiares del asilado pueden optar por la residencia después de cierto tiempo de permanencia en el país, siempre que se cumplan condiciones específicas.
También puede considerar la green cad para víctimas de trata de personas o ciertos delitos, bajo las visas T o U. Este camino está diseñado para proteger y ofrecer estabilidad a quienes colaboraron con autoridades en investigaciones criminales y sufrieron daños graves como resultado.
Estrategias por vía del “registro” y otras categorías
Una de las estrategias menos utilizadas, pero muy efectiva, es la green card por registro. Este recurso permite solicitar la residencia si vivió de manera continua en EE. UU. desde antes del 1 de enero de 1972.
Aunque parece improbable, muchas personas mayores o inmigrantes de larga data pueden calificar sin saberlo.
Además, la categoría de "otras categorías" incluye situaciones particulares, como los beneficiarios de ciertos programas humanitarios, empleados del gobierno de EE. UU. en el extranjero o cónyuges e hijos de ciudadanos estadounidenses fallecidos, quienes aún podrían calificar por viudez.
Significa una gran novedad para los migrantes que quieren completar el trámite. Foto:iStock
Desde el 20 de enero de 2025, ya no se exige prueba de vacunación contra la COVID-19 en los exámenes médicos requeridos para ajustar estatus migratorio. Esta actualización, basada en directrices de los CDC y Uscis, elimina una barrera para muchos solicitantes que, por razones médicas, religiosas o personales, no habían cumplido ese requisito.