¿Cuántas veces puedo salir de Estados Unidos si tengo el parole?

hace 1 mes 13

Los inmigrantes que no pueden permanecer en Estados Unidos con documentos como la green card o la ciudadania y obtienen el permiso de parole tienen la posibilidad de salir del país por motivos de salud, educativos, laborales o humanitarios, aunque deben solicitar una autorización especial ante el Servicio de Ciudadanía e Inmigración (USCIS, por sus siglas en inglés).

Conforme a los criterios de

En caso de que una persona que posea el parole necesite abandonar el territorio norteamericano por determinados motivos, debe pedir ante la agencia un Advance parole, cuya aprobación estará sujeta a discreción de USCIS. Depende del permiso que se le otorgue, la persona puede utilizar el Advance para salir una única vez del territorio o en múltiples ocasiones.

Es importante que el solicitante entregue el Formulario I-131, el cual corresponde al permiso anticipado de viaje, a una oficina de USCIS antes de abandonar el país, ya que si no recibe la aprobación a tiempo, puede ser inadmisible a su regreso. En ese documento, el inmigrante debe explicar los motivos y adjuntar la información pertinente, y en caso de que reciba la aprobación, tiene que presentar el Formulario I-512T, Autorización de Viaje a Estados Unidos para un No Ciudadano.

La vigencia y la cantidad de veces que puede utilizar el documento para viajar está sujeta a la categoría en la que lo incluya USCIS, aunque generalmente tiene una duración de un año. Asimismo, en caso de que la autorización caduque, debe solicitar un nuevo documento, ya que no es posible extender su vigencia.

Ya se están conociendo los primeros beneficiarios del programa

Algunos inmigrantes tienen la posibilidad de solicitar el parole para permanecer en Estados Unidos.

Foto:iStock

Tarifa para salir de Estados Unidos con parole

En caso de que desee salir de Estados Unidos mediante esta vía, deberá abonar US$630 por el trámite del Advance parole, y puede hacerlo a través de un cheque, giro postal o tarjeta de crédito o débito.

Para presentar el Formulario I-31 de manera correcta, es necesario que adjunte una prueba de estatus de refugiado o asilado en el documento, una declaración que explique el motivo de su viaje fuera de Estados Unidos y una copia de su documento oficial de identidad.

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