Para movilizarse en Colombia, ya sea en vehículos o motos, se debe cumplir una serie de normas establecidas por el Código Nacional de Tránsito, una de ellas es contar con la licencia de conducción. Sin embargo, muchos ignoran los parámetros que se deben tener en cuenta respecto a dicho documento público. Acá le contamos por qué lo pueden sancionar.
Conforme a los criterios de
La licencia de conducción es definida por el Código Nacional de Tránsito como aquel “documento público de carácter personal e intransferible expedido por autoridad competente, el cual autoriza a una persona para la conducción de vehículos con validez en todo el territorio nacional”.
Dicho eso, las personas que tengan licencia de conducción deben fijarse que el documento tenga la categoría correcta del vehículo que conduce, pues de lo contrario se podría ver implicado en sanciones. En ciertos casos este factor pasa desapercibido.
Por ejemplo, si usted maneja un taxi, es un fundamental que su licencia sea de categoría C1, la cual indica que usted está apto para manejar automóviles, camperos, camionetas y microbuses de servicio público, pero si por el contrario esta indica que es de una categoría de servicio particular como B1, usted se vería en la obligación de pagar una multa o sanción.
Categorías de la licencia de conducción
Según el Ministerio de Transporte son 8 las categorías existentes que abalan los diferentes tipos de vehículos que se pueden conducir:
- A1: motocicletas hasta de 125 c.c. de cilindrada.
- A2: motocicletas, motociclos y mototriciclos de más de 125 c.c. de cilindrada.
- B1: automóviles, camperos, camionetas y microbuses de servicio particular.
- B2: camiones, rígidos, busetas y buses para el servicio particular.
- B3: vehículos articulados de servicio particular.
- C1: automóviles, camperos, camionetas y microbuses de servicio público.
- C2: camiones, rígidos, busetas y buses para el servicio público.
- C3: vehículos articulados para el servicio público
Razones por las que se puede cancelar una licencia
De acuerdo con la Ley 769 del 2002, la cual establece los motivos que pueden llevar a las autoridades a suspender o cancelar una licencia de conducción, son varios los factores que pueden influir en esta decisión:
- Por disposición de las autoridades de tránsito basada en la imposibilidad permanente física o mental para conducir, soportado en un certificado médico.
- Por decisión judicial.
- Por muerte del titular.
- Reincidencia al encontrarse conduciendo en estado de embriaguez o bajo el efecto de drogas alucinógenas determinado por autoridad competente.
- Por reincidencia en la prestación del servicio público de transporte con vehículos particulares sin justa causa.
REDACCIÓN ÚLTIMAS NOTICIAS
ANGELICA YELITHSSA MORALES C.