En Colombia, la doble nacionalidad está regulada bajo la Ley 43 de 1993; en la que se contempla que los ciudadanos colombianos tienen la facultad de tener una o más nacionalidades sin renunciar a la de origen; siempre y cuando las otras legislaciones de los demás países autoricen este trámite.
Este derecho permite que los connacionales tengan oportunidades y derechos en el exterior, mientras preservan estos mismos aspectos en Colombia.
Países como Argentina, España, Brasil y Canadá aceptan que las personas gocen su estatus de doble o múltiples nacionalidades sin restricciones, tanto sus ciudadanos como los de otros países.
La Ley 43 de 1993 regula la obtención de doble nacionalidad sin renunciar a la de origen. Foto:iStock
No obstante, naciones como Estados Unidos, permiten la doble nacionalidad bajo ciertos criterios previamente establecidos en su legislación, como la residencia en el territorio o el cumplimiento de obligaciones fiscales y legales. Otros países como Japón y Singapur no permiten la doble nacionalidad, por lo que las personas que quieran adquirir la ciudadanía, deben renunciar a la de origen.
Requisitos para obtener otra nacionalidad
En caso de que se quiera tener una segunda o más nacionalidades, el proceso puede variar según los países y sus normas sobre este aspecto. Sin embargo, algunos criterios se mantienen similares, como, por ejemplo, la residencia continua dentro del territorio; tiempo que puede depender de la exigencia que estipule el gobierno.
La residencia permanente es uno de los criterios importantes para recibir otra nacionalidad. Foto:iStock
Otro requisito que también puede ser solicitado es el dominio del idioma del país al que se le solicite la otra nacionalidad; pues en algunos casos debe demostrarse esta competencia y la integración cultural que se tiene. Para ello, es posible que se realicen pruebas de conocimiento histórico, cultural o social.
La persona que solicite la nacionalidad, debe tener conocimiento en el idioma e historia del país. Foto:iStock
A estos procesos también se les suman las entrevistas, presentación de documentos probatorios y, en algunas instancias, participación en ceremonias de naturalización.
La solicitud de otras nacionalidades facilita la movilidad internacional, el recibir atención en situaciones de emergencia y el acceso a programas sociales, sistemas educativos y el mercado laboral.
¿Cómo puede obtenerse la nacionalidad colombiana?
En el caso de Colombia, quienes quieran acceder a la nacionalidad podrán hacerlo bajo nacimiento o naturalización (adopción). Si es por nacimiento, la Cancillería establece dos consideraciones por las que se puede obtener:
- El padre o madre que hayan sido naturales o nacionales colombianos, o que siendo hijos de extranjeros, alguno de sus padres estuviera domiciliado en el país en el momento del nacimiento.
- Los hijos de padre o madre colombianos que hubieran nacido en tierra extranjera y luego tuvieran domicilio en territorio colombiano o se registraran en una oficina consular del país.
La nacionalidad colombiana puede entregarse por nacimiento o adopción. Foto:Archivo EL TIEMPO
Si es por naturalización, este proceso se hará por medio de la adopción del extranjero a través de la Carta de Naturaleza. Para que este logre obtener la nacionalidad colombiana, la persona debe cumplir con los requisitos establecidos en la Ley 2332 de 2023 y realizar el trámite en línea por medio del siguiente link: https://www.cancilleria.gov.co/tramites_servicios/nacionalidad/adquisicion.
El trámite para solicitar la nacionalidad colombiana por adopción puede realizarse en línea. Foto:iStock.
Al momento de hacer la solicitud de naturalización, de acuerdo con la norma, el extranjero debe ser titular de la visa de residente y acreditar el término del domicilio:
- Tener al menos 5 años de residencia de manera continua. En caso de estar casado, ser compañero permanente de un colombiano o tener hijos colombianos, este tiempo se reducirá a 2 años.
- Entregar documento sobre su oficio motivado. Este debe ser dirigido a la Cancillería solicitando la nacionalidad colombiana.
- Copia de la visa de residente titular o beneficiario.
- Copia de la cédula de extranjería vigente.
- Copia simple de la página de datos biográficos del pasaporte vigente.
- Registro Civil de nacimiento que acredite el lugar y fecha de nacimiento exactas del solicitante.
- Acreditar la profesión, actividad u oficio del solicitante o la persona de quien dependa económicamente.
- Entregar documento que compruebe si el solicitante está casado, sea compañero (a) permanente de un nacional colombiano o tenga hijos colombianos.
- Aportar copia del acta o diploma de grado que dé cuenta de los estudios secundarios o universitarios culminados en el territorio nacional. En caso contrario, deberá presentar exámenes de conocimientos.
- Si el solicitante pertenece a comunidades indígenas, debe presentar un documento expedido por la autoridad competente de su comunidad de origen.
- Si tiene alguna discapacidad cognitiva, se debe aportar el certificado que conste tal condición, expedido por un profesional competente.
REDACCIÓN ÚLTIMAS NOTICIAS
MARÍA JULIANA CRUZ MARROQUÍN