¿Cómo descargar el impuesto predial de Bogotá con la cédula y consultar el calendario de pagos? Siga el paso a paso

hace 12 horas 21

El Calendario Tributario de 2025 ya tiene las fechas de pago del impuesto predial. 

Hasta el próximo 25 de abril, el cobro con el 10% de descuento seguirá vigente y la fecha límite para cumplir con esta obligación tributaria será hasta el 11 de julio. 

Para quienes necesiten apoyarse del Sistema de Pago Alternativo por Cuotas Voluntario (SPAC), tendrán plazo para declarar hasta el 9 de mayo. 

Predial

Impuesto predial tendrá fecha límite de pago hasta el 11 de junio.  Foto:iStock

Este programa permite que los contribuyentes puedan diferir el pago en cuatro cuotas iguales a lo largo del año, sin intereses. Las fechas para el pago de las cuotas son: 

  • 6 de junio: Primera cuota. 
  • 8 de agosto: Segunda cuota. 
  • 3 de octubre: Tercera cuota. 
  • 5 de diciembre: Cuarta cuota.

Para realizar el pago de este impuesto y la descarga de la factura, el contribuyente puede consultar su monto y las fechas a tener presentes en la resolución previamente mencionada o en la página www.haciendabogota.gov.co digitando su número de cédula.

Descarga del impuesto predial

Con su número de documento usted puede hacer el pago de la obligación tributaria. 

Lo primero que debe hacer es ingresar al link de Hacienda https://www.haciendabogota.gov.co/ y buscar el apartado de 'Oficina Virtual'. 

De no tener registro previo en la oficina, incluya sus datos personales y cree una cuenta. Al entrar a la plataforma, digite su número de cédula y la contraseña que registró. 

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Con su número de documento, el contribuyente puede pagar y descargar la factura del impuesto predial Foto:Alcaldía de Bucaramanga

Haga clic en la opción de 'contribuyente' y luego diríjase a la opción de 'consultas'. *En la sección de 'certificaciones de pago', seleccione el tipo de impuesto y el año de vigencia que desea descargar.*

Cuando de clic en el botón de 'generar', el sistema le dará el certificado del impuesto con toda la información necesaria, el cual puede guardar o descargar. 

Atención presencial para el pago de impuestos en Bogotá

La factura física para la vigencia 2025 será enviada a los domicilios registrados a partir del mes de febrero. La atención presencial para el pago de los impuestos en Bogotá estará disponible en los SúperCADE CAD de Suba, Américas, Bosa, 20 de julio, Engativá, Calle 13 y Manitas con agendamiento previo desde las 7:00 a. m. hasta las 4:00 p. m. 

La Secretaría de Hacienda dice que los contribuyentes pueden pagar el impuesto predial en la Oficina virtual, sin tener que hacer filas.

La Secretaría de Hacienda dice que los contribuyentes pueden pagar el impuesto predial en la Oficina Virtual, sin tener que hacer filas. Foto:Archivo EL TIEMPO

Así mismo, el Distrito habilitó Puntos Especializados ubicados en Usaquén en la carrera 19 #114-65 en el local 3 y en Kennedy en la carrera 71D #6-94 Sur en el Centro Comercial Plaza de las Américas en los locales 1132 y 1134. 

El horario de atención será de lunes a viernes de 8:00 a. m. a 6:00 p. m. y los sábados de 8:00 a. m. a 12:30 p. m. 

Para los casos de los impuestos prediales que estén bajo leasing, sucesiones, poseedores, fideicomitentes y beneficiarios o en caso de que no se reflejen sus obligaciones en la Oficina Virtual de Hacienda, el trámite deberá hacerse de manera presencial. 

De igual manera, el pago en línea también es otra de las opciones disponibles a través del link https://www.haciendabogota.gov.co/es/sdh/pagos-bogota, en la que los contribuyentes podrán realizar los pagos de conceptos tributarios y no tributarios. 

De los 74.914 predios que se acogieron a esta alternativa de pago, que divide el impuesto en cuatro cuotas iguales, sin intereses, el 76% son residenciales y el 24% no residenciales.

Impuesto predial podrá pagarse con el 10% de descuento hasta el 25 de abril.  Foto:Archivo El TIEMPO

Los predios excluidos del pago de esta obligación tributaria son los salones comunales de las juntas de acción comunal (JAC) y las casas y apartamentos de uso residencial que estén ubicadas en el estrato 1 y 2 y cuyo avalúo catastral sea menor a los 16 SMMLV. 

REDACCIÓN ÚLTIMAS NOTICIAS

MARÍA JULIANA CRUZ MARROQUÍN

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