Coca-Cola pierde batalla legal tras denunciar que un producto español tenía un nombre similar a una de sus marcas

hace 1 día 45

El pasado 2 de mayo de 2025, se dio a conocer, a través de un fallo de 23 páginas, la decisión del Consejo de Estado, en el que rechazó la solicitud de la multinacional Coca-Cola, quien argumentaba que otra empresa estaba utilizando un nombre similar a una de sus reconocidas marcas, el Agua Brisa, y que podría inducir a error a los consumidores colombianos.

Celular Coca Cola y Realme

Coca Cola es una de las bebidas más populares en todo el mundo. Foto:Realme

¿Qué pasó con Coca-Cola y el Agua Brisa?

En diciembre de 2015  la empresa Alvisa Alcohol Group solicitó ante la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) el registro de la marca 'La Brisa Alvisa' para identificar una bebida alcohólica.

Al publicarse dicha solicitud en la Gaceta de la Propiedad Industrial de la SIC, Coca Cola Company presentó de inmediato una oposición, alegando que el nombre propuesto podría generar confusión y asociación con su marca Brisa.

Dos años después, en enero de 2017, la SIC resolvió el caso y concluyó que la oposición presentada por la multinacional carecía de fundamento, autorizando así a la empresa colombiana a utilizar la marca 'La Brisa Alvisa'. Coca Cola apeló esta decisión, pero en junio de ese mismo año la entidad volvió a rechazar sus argumentos.

Coca-Cola

Coca Cola apeló esta decisión de la Superintendencia Foto:Coca-Cola

El conflicto no terminó ahí. Tras la segunda negativa, Coca Cola decidió demandar la decisión de la SIC ante el Consejo de Estado. Sin embargo, la acción judicial tampoco prosperó, ya que el alto tribunal, que tardó ocho años en emitir su pronunciamiento, tampoco le dio la razón a la compañía estadounidense.

Para resolver la demanda, el Consejo de Estado solicitó una interpretación prejudicial al Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina, una instancia regional especializada en temas de propiedad industrial, que emite conceptos orientadores antes de que el Consejo adopte una decisión definitiva.

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La empresa dice que el nombre de 'Brisa' se puede confundir Foto:Coca-Cola

Estas fueron las razones para negar la demanda de Coca-Cola

El mismo medio mencionado anteriormente explica que las razones expuestas por los tres magistrados que analizaron el caso, fueron las siguientes:

  • La inexistencia de un riesgo de confusión o asociación entre las marcas. El alto tribunal señaló que, si bien ambas comparten el término “Brisa”, la inclusión del vocablo “Alvisa” en la marca cuestionada le otorga un carácter distintivo. El fallo calificó este elemento como “fuerte y suficiente” para diferenciar ambas marcas.
  • La palabra “Brisa” no puede ser objeto de monopolio. Indicaron que términos como “La”, “Agua” y “Pura” son genéricos, de uso común y descriptivos, por lo que deben excluirse del análisis comparativo. En cambio, señalaron que “Brisa” y “Alvisa” sí deben ser evaluadas en su conjunto, al ser los componentes realmente distintivos de las marcas.
  • La marca impugnada posee suficiente distintividad en su denominación y, además, que los productos que identifica son completamente diferentes: agua en el caso de Coca Cola y bebida alcohólica en el de Alvisa. Aunque la multinacional demostró tener una “familia” de marcas basadas en los términos “Brisa” o “Las Brisas”, el alto tribunal concluyó que “La Brisa Alvisa” no se aprovechó de manera indebida de ese elemento común.

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Le negaron demanda a Coca-Cola Foto:Universal Music/ iStock

Además, añade el medio, los magistrados concluyeron que la inclusión del término “Alvisa” altera significativamente la longitud, el ritmo y la sonoridad de la marca, lo que hace que su percepción por parte del consumidor sea distinta a la de “Brisa” por sí sola.

Según el fallo, “la inclusión de la palabra ‘Alvisa’ modifica de manera sustancial el ritmo, la extensión y la sonoridad del signo, otorgándole un sonido más prolongado en su pronunciación […] haciendo que el consumidor perciba ambos signos de manera diferente”.

El documento indica que “Alvisa” es un término inventado, carente de significado en el idioma español. Según el fallo, se trata de una creación producto del ingenio y la imaginación de sus creadores, sin una carga conceptual específica en castellano, lo que la convierte en una palabra de "fantasía".

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Magistrados dicen que “Alvisa” es un término inventado, carente de significado en el idioma español. Foto:Coca-Cola

REDACCIÓN ÚLTIMAS NOTICIAS

ESTEFANÍA MAYORGA RINCÓN

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