¿Qué pasa si no llevo conmigo el nuevo registro obligatorio para extranjeros en Estados Unidos?

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El Departamento de Seguridad Nacional, (DHS, por sus siglas en inglés), dio a conocer que todos los extranjeros están obligados a llevar a cabo un registro de sus huellas dactilares si es que planean permanecer en Estados Unidos por más de treinta días. De no hacerlo, o no cargar con su comprobante, habrá serias consecuencias, como multas.

A través de una orden ejecutiva, el presidente Donald Trump aprobó la Protección del pueblo estadounidense contra la invasión, que obliga a los extranjeros a registrarse ante el gobierno.

La medida básicamente implica que todos los extranjeros a quienes no se les tomaron las huellas dactilares, o no se les registró al solicitar una visa estadounidense, deben llevar a cabo el proceso ante el Servicio de Ciudadanía e Inmigración, (Uscis, por sus siglas en inglés).

A través de la página web de la dependencia, es necesario crear una cuenta para proceder al registro y que el DHS envíe el comprobante correspondiente. Posteriormente, todos los extranjeros mayores de 18 años estarán obligados a llevar y mantener su registro en todo momento.

Las autoridades migratorias advirtieron que todos los extranjeros que se encuentren en Estados Unidos tienen la obligación legal de cumplir con este requisito y que el incumplimiento dará lugar a sanciones civiles o penales.

De hecho, quienes no cumplan con el proceso pueden ser acusados de un delito menor, lo que, de acuerdo a la jurisdicción en que se encuentren podría implicar fuertes multas y otras sanciones.

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Si no lleva su registro puede ser acusado de un delito menor.  Foto:iStock

¿Qué personas deben registrarse como extranjeros en Estados Unidos?

Uscis señala que la mayoría de los extranjeros que se encuentran en Estados Unidos ya han realizado su registro tal como exige la ley. Sin embargo, algunos no han realizado el proceso, entre ellos se encuentran:

  • Aquellos que no hayan recibido uno de los documentos designados como prueba de registro.
  • Quienes no hayan presentado un formulario que implique proporcionar sus huellas dactilares. 
  • Extranjeros que se encuentran en Estados Unidos sin inspección, admisión o libertad condicional. 
  • Visitantes canadienses que ingresaron a Estados Unidos por puertos de entrada terrestres y a quienes no se les emitió evidencia de registro. 
  • Extranjeros que presentaron solicitudes ante Uscis como Acción Diferida para los Llegados en la Infancia o Estatus de Protección Temporal. 
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